Un procedimiento administrativo sancionatorio no es un trámite: es un procedimiento en el que se le imputan hechos, se recibe prueba y puede terminar en una sanción o en un despido. La Administración está obligada a respetar el debido proceso, y cuando no lo hace, esa omisión es el argumento más fuerte de la defensa.
Asumo la defensa ante órganos directores de la Administración Pública: procedimiento disciplinario contra funcionarios, despidos sin responsabilidad patronal, y sanciones de colegios profesionales y municipalidades. Se revisa la competencia del órgano, la claridad de la imputación, el cumplimiento de los plazos y la prueba, se presentan los descargos y se agotan los recursos administrativos.
El eje de la estrategia es doble: discutir los hechos con prueba de descargo y, a la vez, documentar cualquier defecto que pueda sostener una nulidad —imputación imprecisa, acceso tardío al expediente, prueba recibida sin participación de la parte, resolución sin motivación—.
Ese trabajo se apoya en la experiencia de cinco años en el Ministerio Público y en el ejercicio como Defensor Público del Poder Judicial: leer una imputación y detectar lo que no está acreditado es el mismo oficio, aunque el foro cambie. Atiendo asuntos en Cartago y en todo Costa Rica.